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Martes, 7 de Octubre de 2008
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Objeto:

Mejorar la competitividad de las empresas mediante la promoción de Proyectos que incluyan actividades de I+D+i para mejorar productos y procesos, así como otras Acciones de Acompañamiento ("Acciones Complementarias") que incrementan la eficacia de dichas actividades de I+D+i.

Acción:

Regula las ayudas para el apoyo a la realización de Proyectos de Desarrollo Tecnólogico e Innovación orientados a la mejora sustancial de productos ya existentes y/o a la mejora sustancial de nuevos procesos, tanto productivos como de gestión.

  1. Acción estructurante: Acción integral I+D+i. Proyectos de Desarrollo Tecnológico e Innovación.


  2. Acciones de Acompañamiento a las actividades de I+D+i ("Acciones complementarias").
    • a) De Internacionalización de la I+D+i: Elaboración y preparación de propuestas de proyectos en el ERA (PM de la UE).
      b) De Internacionalización de la Tecnología: Acuerdos de Cooperación Internacional (Entidades extranjeras y Formación de Redes Europeas).
      c) Vinculadas al Registro de la Propiedad Industrial e Intelectual (sólo para PYMES).
      d) De promoción e impulso a la incorporación de la variable género y de igualdad social.
Beneficiarios:
  • Las empresas (Grandes Empresas y Pymes).
  • Fundaciones y Asociaciones de empresas (con independencia de su forma legal).
  • Agrupaciones Interempresariales.
  • Las entidades acreditadas de la RVCTI, exclusivamente para el desarrollo de las acciones de acompañamiento de las actividades de I+D+i ("Acciones Complementarias").
No serán beneficiarios:
  • Los Agentes de la RVCTI, salvo para "Acciones Complementarias"
  • Las Entidades y Sociedades Públicas vinculadas ó pertenecientes a la Administración Pública-Institucional.
  • Las Administraciones.
Características de las Ayudas:
  • Son subvenciones no reintegrables.
  • Cuantías máximas para Acciones Complementarias:
    Podrán alcanzar todas y cada una de ellas, hasta un máximo del 50% de los costes elegibles aprobados; y se regirán por la cláusula de MINIMIS establecida por la UE (Ayuda total de Minimis 100.000 euros en tres años).
  • Compatibilidad:
    Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones.
  • Montante máximo de la subvención:
    250.000 euros por beneficiario y año.

Más información:
https://www.spri.es/idi/idi/

Contacto:
mgarcia@spri.es

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